¿Retraso de vuelo? Posible derecho a una indemnización de hasta 600 EUR según EU261

En virtud del Reglamento UE 261/2004, los pasajeros pueden tener derecho a una indemnización de 250 a 600 EUR si su vuelo llegó a destino con más de 3 horas de retraso. Este posible derecho se aplica a todos los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, así como a los vuelos operados por una aerolínea de la UE que aterrizan en la UE, independientemente del precio del billete.

Comprueba tu derecho

Importes de indemnización según la distancia del vuelo

Tabla de indemnización EU261 en caso de retraso de vuelo
Distancia del vueloIndemnizaciónRuta de ejemplo
Hasta 1.500 km250 EURBerlín - Múnich, Fráncfort - París
1.500 - 3.500 km400 EURFráncfort - Estambul, Múnich - Lisboa
Más de 3.500 km600 EURFráncfort - Nueva York, Múnich - Dubái

Su indemnización en 4 pasos

  1. 1

    Comprobar la elegibilidad

    Verifique que su vuelo cumple los requisitos: salida desde la UE o aerolínea de la UE, más de 3 horas de retraso, sin circunstancias extraordinarias.

  2. 2

    Introducir los datos del vuelo

    Introduzca su número de vuelo, la fecha y los aeropuertos de salida y llegada en nuestro formulario. Calculamos automáticamente la distancia y el importe de la indemnización.

  3. 3

    Crear la carta de reclamación

    Nuestra IA genera una carta de reclamación personalizada y jurídicamente sólida, con todas las referencias EU261 pertinentes, por solo 10,00 EUR.

  4. 4

    Enviar la carta a la aerolínea

    Descargue la carta finalizada en PDF y envíela por correo electrónico o postal a la aerolínea. Plazo de respuesta: 6 semanas.

Condiciones y excepciones

¿Cuándo se aplica el derecho?

  • El vuelo sale de la UE (cualquier aerolínea)
  • El vuelo aterriza en la UE con una aerolínea de la UE
  • El retraso en el destino final es de al menos 3 horas
  • El vuelo no tiene más de 3 años de antigüedad (en Alemania)

¿Cuándo decae el derecho?

  • Circunstancias extraordinarias: condiciones meteorológicas extremas, inestabilidad política, riesgos de seguridad
  • Huelgas del control aéreo (no del personal de la aerolínea)
  • Retraso inferior a 3 horas en el destino final
  • El vuelo sale fuera de la UE con una aerolínea no comunitaria

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuándo tengo derecho a indemnización por retraso de vuelo?
Puede tener derecho a indemnización si su vuelo llega a su destino final con más de 3 horas de retraso. Esto se aplica a todos los vuelos que salen de la UE o que aterrizan en la UE con una aerolínea de la UE.
¿Cuánta indemnización puedo reclamar por un vuelo retrasado?
El importe depende de la distancia del vuelo: 250 EUR hasta 1.500 km, 400 EUR de 1.500 a 3.500 km y 600 EUR por encima de 3.500 km. La distancia se calcula como distancia ortodrómica.
¿Qué son las circunstancias extraordinarias?
Las aerolíneas pueden invocar circunstancias extraordinarias, por ejemplo, temporales severos, inestabilidad política, riesgos de seguridad o huelgas del control aéreo. Los defectos técnicos y las huelgas del personal de la aerolínea, por regla general, NO se consideran extraordinarios.
¿De cuánto tiempo dispongo para reclamar mi indemnización?
En Alemania, el plazo de prescripción es de 3 años a partir del final del año en que tuvo lugar el vuelo. En otros países de la UE, el plazo varía entre 1 y 6 años.
¿Se aplica el EU261 también a aerolíneas no comunitarias?
Sí, si el vuelo sale de la UE. Para los vuelos que aterrizan en la UE, el reglamento solo se aplica si la aerolínea tiene su sede en la UE.
¿Qué ocurre si la aerolínea no responde?
Si la aerolínea no responde en un plazo de 6 semanas o rechaza la reclamación, puede dirigirse al organismo nacional de control competente (en Alemania: el organismo de conciliación söp en soep-online.de) o reclamar por vía judicial.

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