Vuelo sobrevendido: qué hacer si le deniegan el embarque
¿Denegación de embarque por sobreventa? EU261 le garantiza 250–600 € de compensación. Guía paso a paso para actuar en el aeropuerto.
En resumen
Cuando un vuelo se sobrevende, la aerolínea debe buscar primero voluntarios; solo después puede dejar en tierra a pasajeros contra su voluntad. Esa denegación involuntaria activa de inmediato tres derechos según el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 261/2004: elegir entre reembolso y transporte alternativo (art. 8), atención en el aeropuerto (art. 9) y una compensación fija de 250, 400 o 600 euros según la distancia (art. 7), sin tiempo mínimo de espera a diferencia de los retrasos. Dos límites importan: quien acepta una contraprestación por ceder su plaza se rige por el acuerdo negociado, y si la aerolínea deniega el embarque por motivos razonables — salud, seguridad, documentación de viaje insuficiente (art. 2, letra j) — el Reglamento no se aplica. Con transporte alternativo, la compensación puede reducirse a la mitad dentro de los plazos del art. 7.2. Si la aerolínea rechaza, cabe reclamar gratis ante la AESA tras un mes sin respuesta satisfactoria y dentro del año siguiente. El plazo civil en España es de 5 años (art. 1964.2 del Código Civil). Guía práctica de ClaimEU261.
¿Qué es la sobreventa y por qué la practican las aerolíneas?
Las aerolíneas venden deliberadamente más billetes que asientos disponibles porque una parte de los pasajeros no se presenta y esa ausencia se calcula de antemano. Cuando todos aparecen, alguien se queda en tierra. Esta práctica es legal, pero activa derechos claros en virtud del Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Jurídicamente se denomina denegación de embarque. El art. 4 del Reglamento EU261/2004 establece exactamente qué debe la aerolínea — tanto si le impiden embarcar en la puerta como si le informan en el mostrador de facturación de que no hay asiento disponible.
¿Cuáles son sus derechos ante una denegación de embarque?
El art. 4 obliga a la aerolínea a buscar primero voluntarios antes de denegar el embarque de forma involuntaria. Ante una denegación involuntaria tiene derecho a tres prestaciones:
- Reembolso o transporte alternativo (art. 8): Usted elige entre el reembolso íntegro del billete y la reserva del próximo vuelo disponible a su destino. La decisión le corresponde a usted, no a la aerolínea.
- Atención en el aeropuerto (art. 9): Comidas, refrescos y, si fuera necesario, alojamiento en hotel más traslados — de inmediato y sin coste para usted.
- Compensación económica fija (art. 7): Entre 250 y 600 EUR según la distancia del vuelo.
Estos derechos son acumulativos. En España, si la aerolínea rechaza su reclamación, puede presentar una denuncia ante la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) de forma gratuita. Para reclamaciones menores, la Sección de lo Civil del Tribunal de Instancia es otra vía eficaz — desde la Ley Orgánica 1/2025, el art. 87.6 a) LOPJ excluye de las Secciones de lo Mercantil las demandas basadas solo en el Reglamento 261/2004. El plazo de prescripción en España es de 5 años (art. 1964.2 del Código Civil).
Dos límites conviene tenerlos claros. La compensación no se aplica cuando la aerolínea deniega el embarque por motivos razonables — el art. 2, letra j) del Reglamento cita razones de salud, seguridad y documentación de viaje insuficiente: sin visado válido, usted queda fuera del ámbito de la norma. Y si acepta una contraprestación por ceder su plaza, rige el acuerdo negociado y no el importe fijo del art. 7.
¿A qué importe de compensación tiene derecho?
A diferencia de los retrasos, la denegación de embarque genera derecho a compensación de forma inmediata — sin tiempo mínimo de espera. El importe depende únicamente de la distancia del vuelo:
| Distancia del vuelo | Compensación | Ejemplo |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 EUR | Madrid – Lisboa (513 km) |
| 1.501–3.500 km, y dentro de la UE más de 1.500 km | 400 EUR | Barcelona – El Cairo (2.906 km) |
| Todos los demás vuelos (más de 3.500 km) | 600 EUR | Madrid – Nueva York (5.761 km) |
Hasta 1.500 km
1.500–3.500 km
Más de 3.500 km
Lo que cuenta es la distancia ortodrómica, no el precio del billete: un vuelo de largo recorrido de 39 € da la misma cantidad fija que uno caro.
Excepción por vuelo alternativo: Si la aerolínea le ofrece un transporte alternativo, puede reducir la compensación a la mitad — pero solo si su llegada al destino final no supera la hora de llegada prevista del vuelo originalmente reservado en más de (art. 7, apdo. 2 EU261/2004):
- 2 horas en vuelos de hasta 1.500 km (letra a) — 125 EUR en lugar de 250 EUR
- 3 horas en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y en los demás vuelos entre 1.500 y 3.500 km (letra b) — 200 EUR en lugar de 400 EUR
- 4 horas en todos los demás vuelos (letra c) — 300 EUR en lugar de 600 EUR
Si llega más tarde, se mantiene el importe íntegro. La reducción es un derecho de la aerolínea y no se aplica automáticamente. Los vuelos a Canarias están cubiertos por EU261 igual que cualquier vuelo intracomunitario.
Paso a paso: qué hacer en la puerta de embarque
- Exija confirmación por escrito: Pida al personal de puerta un documento acreditativo de la denegación. Sin este justificante será más difícil probar su reclamación.
- Elija su opción: Solicite las dos alternativas por escrito antes de decidir — reembolso íntegro o vuelo alternativo. No deje que la aerolínea decida por usted.
- Reclame atención inmediata: Solicite vales de comida y, si es necesario, alojamiento. Guarde todos los justificantes para su posterior reembolso.
- Envíe una reclamación formal: Tras su viaje, envíe una carta de reclamación a la aerolínea citando los arts. 4 y 7 del Reglamento EU261/2004 con su número de vuelo, fecha e importe reclamado.
- Reclame ante la AESA si es rechazado: La aerolínea dispone de un mes para responder; pasado ese plazo sin respuesta, o con una respuesta insatisfactoria, puede reclamar gratuitamente ante la AESA. Ojo al plazo propio de esa vía: la AESA no interviene si ha pasado más de un año desde su reclamación previa a la aerolínea — aunque los 5 años del art. 1964.2 del Código Civil sigan corriendo para la vía judicial.
Sin esfuerzo, máximo resultado: Nuestro generador con IA redacta en minutos una carta de reclamación jurídicamente sólida, adaptada a su caso. Pago único de 10,00 EUR, sin honorarios de éxito.
Comprobar gratis su derechoOfrecerse voluntario: ¿qué puede negociar?
Antes de denegar el embarque involuntariamente, la aerolínea debe buscar voluntarios. Si se ofrece, puede negociar directamente — bonos de viaje, millas o efectivo. Los importes mínimos del art. 7 no se aplican a acuerdos voluntarios, pero conserva su derecho al reembolso o transporte alternativo según el art. 8.
Solo ofrézcase voluntario si la oferta le resulta realmente atractiva. Obtenga el acuerdo por escrito antes de abandonar la zona de embarque.
Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La situación puede variar según cada caso. Para situaciones complejas, consulte a un abogado especializado.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Se aplica EU261 a aerolíneas no europeas?
Sí — si sale desde un aeropuerto de la UE. Si vuela con una aerolínea no comunitaria desde fuera de la UE, el reglamento no se aplica. En ese caso, puede aplicarse el Convenio de Montreal para vuelos internacionales.
¿Puedo reclamar reembolso y compensación al mismo tiempo?
Sí. El reembolso del billete (art. 8) y la compensación fija (art. 7) son derechos independientes. Puede recuperar el importe íntegro de su billete y recibir además entre 250 y 600 EUR de compensación.
¿Cuánto cuesta el servicio de carta de reclamación?
Nuestro servicio tiene un coste único de 10,00 EUR. Sin honorarios de éxito ni cargos ocultos. Plataformas como AirHelp cobran hasta el 50 % de la compensación obtenida.
Newsletter de derechos de pasajeros aéreos
Reciba semanalmente consejos sobre sus derechos como pasajero aéreo, información de productos y nuevos artículos directamente en su bandeja de entrada.
Artículos relacionados
Vuelo cancelado: sus derechos como pasajero
¿Vuelo cancelado? EU261 le garantiza 250–600 € de indemnización. ¿Cuándo paga la aerolínea y cuándo no? Guía completa pa...
Leer másReclamar la indemnización por retraso de vuelo usted mismo
Guía paso a paso: reclame su compensación EU261 sin intermediarios costosos. Plazos, derechos y errores comunes....
Leer más